este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión contenida en la Demanda presentada por el ciudadano ALBERTO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.920.953, contra el co-Demandado ciudadano ANDRES ERNESTO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.815.860, y se declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE el DAÑO EMERGENTE reclamado, SEGUNDO: PROCEDENTE el DAÑO MORAL, Se condena al demandado a pagar la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.F. 400.000,oo), por concepto de DAÑO MORAL a la parte actora, y se DESESTIMA la pretensión del actor de que se condene a la co-demandada SEGUROS LA PREVISORA, al pago de daño moral, pues dicho pago escapa de las previsiones de la relación contractual.....