Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR, el requerimiento de Traslado del penado JOSÉ LUÍS VERA GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.346.299, soltero, de ningún oficio, hijo de José Vera Barreto y Josefa Antonia Gutiérrez, nacido en fecha 25/01/1992, de 20 años de edad, Teléfono 0424-812.56.19 y residenciado en barrio calle Buena Vista, Calle Principal, cerca de la Plaza Bermúdez, Casa N° 29, Cumaná, Estado Sucre, por considerar este Juzgado se encuentra fundamentada la pretensión, considera en consecuencia ajustada a derecho, razón por la cual se acuerda PRIMERO: Trasladar al penado de autos a la Medicatura Forense de esta ciudad, a los fines de que sea evaluado por el Medico adscrito a esa institución y que sea este quien refiera, de ser necesario, al penado al especialista correspondiente. Se acuerda el referido traslado para el DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO.....