En consecuencia, por los motivos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando transitoriamente como Corte de Apelaciones en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado Pablo Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.466, apoderado judicial del ciudadano Cesar Eduardo Wietstruck Flores titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.435.109, parte demandada en el presente Juicio, contra la Sentencia de fecha 17 de Noviembre de 2017, dictada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en la demanda que por Acción Mero Declarativa De Unión Estable de Hecho, incoara en s.....