Por lo tanto, al estar plenamente probado en autos, la inactividad de la demandante en el proceso, durante más de un año, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el procedimiento que se inició por la demanda presentada por PROYECTO Y CONSTRUCCIONES ARCO, C.A. contra ANTONIO RAFAEL MARRUFFO, por las pretensiones de resolución de contrato de opción de compra y cobro de bolívares.