DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad del Imputado: Roger Daniel Urbano, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, cedula de Identidad N° V: 15.244.190, nacido en fecha 06-10-81, de 26 años de edad, de profesión u oficio agricultor, hijo de Benito Espinoza y Aura Urbano, y domiciliado en Maturincito, calle principal, cerca del Mercal, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Pedro Luis González Alcoba hoy occiso,. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3; Articulo 251, numeral .....