En consecuencia este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano EDUARDO RAFAEL BRITO CARABALLO, venezolano, de 38 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, nacido el13-10-78, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.317.302, hijo Isaura Caraballo Torrez y Vicente Brito Caraballo, y domiciliado en el Comando de la Guardia de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YOHANA ACATAMAÍN BRITO. Asimismo, este Tribunal no condena en costas al acusado, de conformidad al artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con fundamento al principio de gratuidad de la justicia pe.....