Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA: la aprehensión del ciudadano Leomar José Fuentes Hernández, Venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, de 22 años de edad, residenciado en Calle El Calvario, casa número 34, Carúpano Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.787.278, a quien la Corte de Apelaciones Ordena la Aprehensión visto que el recurso de Apelación interpuesto en este asunto, fue declarado con Lugar y en consecuencia se anula la decisión recurrida y se ordenó reponer la causa al estado de celebrarse nuevamente la Audiencia Preliminar por ante un Juez de Control distinto al que hizo el pronunciamiento, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de aprehensió.....