Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesta por la UNIDAD EDUCATIVA ANDRES BELLO C.A, contra la providencia administrativa Nº. 164-2012, de fecha 26-10-2012; en la cual declaro CON LUGAR, y procedente la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos ANGEL JOSE NARVAEZ, ANGEL LUIS SALAZAR Y LAURA CRUZ MORENO, venezolanos, mayores de edad y titular de la cedula de identidad No. 10.468.961, 10.946.373 y 11.377.838, respectivamente.
SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo señalado, emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CUMANA ESTADO SUCRE. Y ASI SE ESTABLECE.
Publíquese y regístrese.
Déjese copia de la.....