Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela decreta CESACIÓN de la medida de libertad asistida impuesta a "OMISSIS", por la comisión del delito de: Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto en el articulo 458 del Código Penal en perjuicio de Rosa Elena Areinamo Palmera;; ordenándose el inicio de la Medida de Reglas de Conducta, por el lapso que le falta por el lapso diez (10) meses y trece (13) días. Quedando obligado a: 1.- Presentarse una vez por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. 2.- No cometer nuevos hechos delictivos. 3.-Estudiar o trabajar presentando las debidas constancias. Quedan notificados los presentes. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Alisson Pernía