Con fundamento en los hechos analizados, las normas legales y constitucionales invocadas, la doctrina jurisprudencial aplicable al caso concreto y todas las razones y fundamentos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Este Tribunal Superior del Trabajo es INCOMPETENTE para conocer la demanda de Indemnizaciones por Accidente Laboral y Daño Moral, incoada por CONRADO ALFONSO MOREY, titular de la cédula de identidad Nº N V- 8.644.580, en contra de EL INSTITUTO AUTONOMO DE LA POLICIA DEL ESTADO SUCRE (I.A.P.E.S.).
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, SE PLANTEA EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA en el presente asunto.
TERCERO: Se REMITE este caso a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que dirima este conflicto negativo de competencia.
Publíquese, regístrese y a.....