Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide; PRIMERO: CONDENAR al acusado RAUL RAFAEL MARIN SANCHEZ, venezolano, nacido en Carúpano, titular de la cédula de identidad Nº 25.413.203, de 18 años de edad, nacido en fecha 13-11-1994, de estado civil Soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de carmen Sánchez y Raúl Rafael Marín, residenciado en: Guaca, Calle La Gloria, Casa S/N, a una cuadra de la Agencia de Lotería Estefani, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir una pena de OCHO (08) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley. Se mantiene la medida Privativa preventiva de libertad, hasta tanto el tribunal de ejecución decida lo conducente. SEGUNDO: Y por cuanto en el día de hoy, el acusado RAUL RAFAEL MARIN SANCHEZ, admitió los hechos y aun quedan pendiente por celebrase el juicio oral y publico del acusado: LINO EMIRO FERRER ZAPATA, es por lo este tribunal ACUERDA POR SECRETARIA LA CREACIÓN .....