, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con Lugar el Sobreseimiento Provisional, solicitado por el Representante del Ministerio Público, a favor de la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxa fecha de comisión de los hechos),xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por la presunta participación en el delito de Lesiones, previsto en el artículo 415 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio de la adolescente Jhoana Karlenys Pereda Marcano; con fundamento en el artículo 561 literal “E” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente