El Tribunal vistos los alegatos de las partes; y en vista de que en el lugar donde se encuentra constituido el mismo no existe en ningún lugar visible, ninguna identificación donde se deje constar que haya existido la referida demandada “Posada el Bambú, C. A.” Por lo que si se percibe en la entrada un aviso con la denominación “Posada Panda”; y de la cual se dejo constancia en el encabezamiento de la presente Acta; y visto el Registro de Comercio presentado por la parte demandada, donde se constata de que en el lugar donde presuntamente funcionaba la “Posada El Bambú C. A.”, funciona otra Empresa Mercantil o una Firma Personal denominada “Posada Panda Maiwald”; es por lo que este Tribunal de conformidad con el artículo 546 del Código de Procedimiento Civil, Suspende la presente Medida Preventiva de Embargo Decretada por el Juzgado Comitente