Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Sucre, en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA SOLICITUD DE INHIBICIÓN formulada por la parte actora. Y ASI QUEDA ESTABLECIDO. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. Albelu Villarroel