Acto seguido el Tribunal, visto lo expresado y solicitado por la parte actora hace formal entrega a la misma del inmueble objeto de la presente medida y donde se encuentra constituido, libre de bienes y de personas; y quien estando presente expone: recibo en este acto el inmueble señalado en el Mandamiento de Ejecución que se está practicando, totalmente desocupado tanto del personas como de cosas; Así mismo el Tribunal Suspende la Medida Ejecutiva de Embargo contenida en el Mandamiento de ejecución decretado por el Juzgado comitente, en virtud del pedimento efectuado por el ejecutante.-