este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la pretensión de DESALOJO del inmueble constituido por la casa, distinguida con el N° 11, ubicada en la vereda 02 de la urbanización La Llanada de San Juan, II Etapa, Cumaná, en jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, por LA FALTA DE PAGO DE LOS CÁNONES DE ARRENDAMIENTO de los meses comprendidos entre diciembre de dos mil siete (2007) y septiembre de dos mil ocho (2008).
2. CON LUGAR LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, por la falta de pago de las pensiones de arrendamiento de los meses de diciembre de dos mil siete (2007) a septiembre de dos mil ocho (2008), por la cantidad de MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 1.000,oo), a razón de CIEN BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 100,oo) mensuales; y el pago de los.....