Por lo tanto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por ANTONIO FAHHAM CHELHOD, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-11.381.822, representado por el Abogado en ejercicio JUAN ERNESTO PUIG MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.638.055, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el Nº 84.754, según consta de poder Apud Acta otorgado en fecha 03-12-2019, inserto al expediente en los folios 21 y 22 respectivamente, contra MARIELA DEL VALLE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-10.354.432, por la pretensión de desalojo, por la falta de pago de los cánones de arrendamientos.....