En consideración a los argumentos de hecho y de derecho expuestos, y en función al interés superior de los niños anteriormente identificados, es decisión del Juez de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CONCLUIDA ESTA AUDIENCIA por la RETITUCION DE CUSTODIA, presentado por la ciudadana MARIA JOSEFINA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 15.110.772, domiciliada en Santa Fe, la Malvinas, calle Las Rosas, casa s/n, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre en contra del ciudadano JULIAN JOSE LEMUS SALAZAR, titular de la cedula de identidad n° 10.296.203 domiciliado en Santa Fe, pueblo nuevo, calle las Mercedes, casa S/n, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre, Estado Sucre