En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano YOEL JOSE MALAVE GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.463.946, contra la empresa Mercantil VIVERO MENDOCAR C.A, debidamente Registrado ante el Registro Mercantil del Estado Monagas, anotado bajo el numero 43 del tomo A-3, en fecha 03 de agosto del año 1998, y solidariamente al ciudadano VALENTIN MENDOZA, titular de la cédula de identidad 8.975.613. Condenándose a la parte demandada al pago de DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS Bs. 16.323,22
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar, por los intereses de prestacione.....