éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado ANTONIO JOSE LARA INSERNY, quien actúa con el carácter de Juez del Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, para conocer de la solicitud de INSPECCION JUDICIAL EXTRA-LITEM, formulada por la ciudadana YANNINA PAREDES GUERRA, portadora de la cédula de identidad Nº V- 3.522.634, asistida por el abogado en ejercicio MIGUEL ANGEL FIGUEROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 53.404, todo de conformidad con lo establecido en ordinal 1º del artículo 15° del artículo 82 y 84 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.