DISPOSITIVA.
Con fundamento a los motivos de hecho y de derecho ya expuestos, conforme a lo alegado y probado por la parte demandante, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Mejía de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de extinción de obligación de manutención, incoada por el ciudadano ALEJANDRO RAFAEL MARQUEZ CAMPOS, ya antes identificado en su carácter de padre y obligado alimentario del ciudadano SAMUEL EDUARDO GARCIA, igualmente identificado en autos. Se acuerda una vez que haya quedado firme la presente sentencia, oficiar al ente empleador a los fines de ordenar de manera definitiva de la extinción de la obligación de manutención.
No hay condenatoria en costas.