Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de Ley, DECRETA: LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, al ciudadano JOSE GREGORIO LEON GONZALEZ, quien es venezolano, de 30 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 12.291.200, pescador, hijo de Modesta González y Cipriano León, residenciado en La Llanada de Guiria, Casa S/N, Municipio Andrés Mata, Estado Sucre, por considerar que no están lleno los requisitos exigidos por el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, declarándose de esta manera con lugar la solicitud fiscal.- Líbrese oficio junto con Boleta de Libertad a la Comandancia de Policía de esta ciudad.- Quedan las partes Notificadas en el presente acto. En virtud de que esta decisión fue dictada en Sala de Audiencia de Presentación, en presencia de las partes, ténganse por notificadas conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.