En consecuencia este Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SANCIONA al acusado CARLOS EDUARDO RONDÓN RODRÍGUEZ, venezolano, de 17 años de edad, nacido en Cumaná en fecha 06-12-1988, titular de la Cédula de Identidad N° 18.905.391, residenciado en el Barrio El Valle, casa S/N detrás de la Urbanización Los Roques de ésta ciudad, hijo de Juana Rodríguez y Druman Rondón a cumplir la sanción de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) meses de Privación de Libertad, por la comisión de los delitos de COOPERADOR INMEDIATO EN LOS DELITOS DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, ROBO Y DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Vigente en concordancia con el artículo 83 ejusdem y los artículos 5 y 6 numerales 1°, 2°, 3° y 5° de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Autom.....