Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal. Administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, Declara SIN LUGAR la acción de COBRO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES intentada por el ciudadano JOSE MARIN BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.993.130, representado judicialmente por el abogado en ejercicio MILTON FELCE SALCEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.083 contra el ciudadano HECTOR LUIS ROMERO ANGARITA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.758.064, representado por la ciudadana ROSALIA FERNANDEZ ARTAVIA en su carácter de Defensor Ad-Litem.
Por cuanto ha sido declarada Con Lugar la prescripción de la acción, este Tribunal se abstiene de pronunciarse sobre el fondo de la causa.
Queda la parte actora condenada en costas de conformidad con el artículo 274 del Código de procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, notifíquese y d.....