Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: Se ORDENA la homologación al desistimiento realizado por el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ CHACÓN CONTRERAS, asistido por el abogado Jesús Ernesto Rodríguez Visaez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 107.034. SEGUNDO: Se ORDENA el archivo del expediente.