ESTE TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos al acusado JESÚS RAMON BASTARDO FRONTADO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 21.096.151, nacido el 28-06-1991, de 21 años de edad, hijo de Ramón Bastardo y Tibisay Frontado (F), soltero, de ocupación albañil, residenciado en el Sector Guanta, Calle Tropical, casa S/N Municipio Cruz Salmeron Acosta, de Cumana del Estado Sucre; a cumplir la pena de DE TREINTA (30) DIAS DE PRISIÓN MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículo 416 y 424, 218 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JOSE RAFAEL MILLAN FIGUEROA Y EL ESTADO VENE.....