DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, del ciudadano Green Evel Orzatti Bravo, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.414.08, nacido en fecha 09-01-1984, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Inocenta Bravo y Alejandro Orzatti, y domiciliado en el Sector Maturincito, Calle Principal, Casa S/N, frente de la Escuela Bolivariana, Tunapuicito, Municipio Benítez Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 149 en su segundo aparte de la Ley Orgáni.....