Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso a la ciudadana Isaías Medina Morenos, venezolano, de 36 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio obrero, nacido el 03-08-72, titular de la Cédula de Identidad N° 12.908.541, hijo de Pedro Ángel Medina, y Margarita Moreno, y domiciliado Guiria de la Costa, sector las Malvinas, Segunda entrada, casa Nº 12, Municipio Valdez, , Estado Sucre; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Graciela Josefina Pereira Núñez; imponiéndole las siguientes condiciones por el plazo de cuatro (04) meses y quince (15) días, las siguientes: PRIME.....