DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los ciudadanos NÉSTOR LUÍS FARIAS FUENTE, Cedula de Identidad Número V- 20.565.596, LUÍS EDUARDO YEGUEZ HERNÁNDEZ, Cedula de Identidad Número V-26.643.947, NEULIS EDITO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Cedula de Identidad Número V- 24.840.645, y VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ AMUNDARAIN, Cedula de Identidad Número V- 27.191.332, por estar incursos en la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3º, 4º, 6º y 9º, en perjuicio de los Ciudadanos VICTOR MODESTO CAMPO GONZALEZ, MARIA AUXILIADORA AVILA CASTILLO y MIGUEL NACIMO BASSO TATA y el delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, en perjuici.....