este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley 1.- La ratificación de la medida de Privación de libertad impuesta a "OMISSIS"; a quien se le sigue el presente asunto por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículos 149 la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA Colectividad Y Resistencia A La Autoridad, tipificado en el artículo 218 del Código Penal Vigente; en perjuicio del Estado Venezolano por el lapso que le falta por cumplir de once (11) meses y un (01) día de la medida de Privación de libertad. 2.- sin lugar la solicitud de traslado al centro socio educativo por cuanto el adolescente se encuentra actualmente en etapa de investigación de un nuevo delito presuntamente cometido en las instalaciones del Centro socio educa.....