este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 ejusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano SERGIO JOSÉ VILLARROEL MORENO, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.380.623; natural de Cumaná, Estado Sucre, de estado civil soltero, hijo de Zenaida Moreno y Víctor Villanueva, residenciado en la población de Cariaco, barrio 22 de Octubre, casa s/nº, cerca de la prefectura, Municipio Ribero del Estado Sucre; quien fuera condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO.....