Dentro de la media hora de espera se hace presente el ciudadano: Carlos Alberto Martínez, quien dijo ser el demandado, ser venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 12.291.221.- En este estado, el demandado antes identificado asistido en este acto por la Abogada en ejercicio, ciudadana Yajani José Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.873, expone: Con el fin de llegar a un convenimiento con relación a la deuda por la cual se decretó la medida de embargo en mi contra, ofrezco en este acto pagar la cantidad de Un Millón Setecientos Cincuenta mil Bolívares (Bs. 1.750.000,00) y el monto restante que es la suma de Dos Millones de Bolívares (Bs. 2.000.000,00) la cancelaré en el lapso de quince (15) días contados a partir de ésta fecha. Es todo. En este estado los Abogados Milangela León y Reinaldo Brito, antes identificados en sus condiciones de demandante exponen: Aceptamos en este acto la oferta de pago propuesta por el demandado, reservándome el dere.....