DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR lo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, y decreta la Detención Judicial Preventiva de libertad, en contra del xxxxxxxxxxxxxxxx por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal; LESIONES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 416 del Código Penal, concatenado con el artículo 424 eiusdem; DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto en el artículo 174 del Código Penal; en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxx y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; a los fines de garantizar su comparecenc.....