este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Condena al ciudadano JOSÈ LUIS GARCIA BELMONTE, venezolano, natural Carúpano, de Estado civil Soltero, de profesión u oficio Pescador, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.842.679, nacido en fecha 05-01-91, de 19 años de edad, hijo de Zulia García; y domiciliado en: El Cerro El Tigre, Casa S/N, color azul, Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÒN MÀS LAS ACCESORIAS DEL ART 16 DDEL CODIGO PENAL, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el art 277 del Código Penal en concordancia con el art 9 de la Ley deArma y Explosivos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 37, 74.....