En virtud de las consideraciones de hecho y de Derecho antes señaladas, este Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud realizada por la Abg. Beatriz Plánez y en consecuencia, se Acuerda la ACUMULACIÓN de las causas signadas RP01-D-2010-000386 y RP01-D-2009-000136, seguidas al adolescente XXXXXXXXXXX, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad XXXXXXXXXX, natural de Cumaná, de 19 años de edad (adolescente para la fecha de comisión de los hechos, fecha de nacimiento 17-07-92, soltero, de profesión u oficio verdurero, hijo de XXXXXXXX y XXXXXXXXXX, residenciado en XXXXXXXXXXX; la primera de las señaladas, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto en el Artículo 406 numeral 1 del Código Penal vigente, en relación .....