Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario, de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la abogada Neida González, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero: 106.962, en su carácter de apoderada judicial de la empresa mercantil, "CLINICA BELLO MONTE C.A", inscrita en el registro mercantil que lleva el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Circuito y Circunscripción Judicial en fecha 28 de agosto de 1995, bajo el número: 152, vuelto del folio 196 al 199, tomo 45-B; contra el auto de fecha 21 de junio de 2006, emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Circuito y Circunscripción Judicial, en el juicio que por ejecución de hipoteca sigue en contra de su repr.....