´PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por Inquisición de Paternidad intentara el ciudadano Artemio Carmona Gil, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-10.217.851, domiciliado en la Calle Ricaurte, Comunidad de Casanay frente a la Calle Boyaca, Municipio Andrés Eloy Blanco, estado Sucre, debidamente asistido por los abogados en ejercicio Carlos Rodríguez Yáñez y Wuillian José Acosta Alcalá, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.050.069 y 17.430.463 e inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 17.704 y 271.308 contra la ciudadana Inés María Gil De Carmona, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.302.701, domiciliada en la Calle Ricaurte, Comunidad de Casanay frente a la Calle Boyaca, Municipio Andrés Eloy Blanco, estado Sucre.´