Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Juicio Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE PRIMERO: En atención al Principio de Unidad del Proceso, acorde con lo establecido en el artículo 76 ejusdem, este Tribunal acuerda la ACUMULACION DE CAUSAS. Por ende, se ordena acumular el asunto bajo la nomenclatura N° RP11 RJ11-P-2017-000011, seguido al ciudadano: PEDRO LUIS ROJAS ANDARCIA, Cuyos hechos fueron de fecha 31/07/2015, acumularse al asunto Nro RP11-P-2015-003900, seguido a EFRAIN JOSE GIL GARCIA, EZEQUIEL JOSE MATA ROQUE, BENITO COSE HERNANDEZ IZTURIZ; cuyos hechos fueron de fecha 31/07/2015, por la presunta comisión del delito de: de SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 3 concatenado con el articulo 10 ordinales 7, 9, 12 y 16 de la Ley Contra Secuestro y extorsión y ASOCIACION PA.....