este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal por prescripción, seguida al ciudadano, JOSÉ FERNANDO FIGUEROA MAYO, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.508.044, de profesión u oficio Chofer en la alcaldía de Cumanacoa, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 07/10/1979, hijo de José Figueroa y de Yudith Mayo, residenciado en La Granja, Calle Principal, casa s/n, Primera Etapa de la Parroquia Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÌSICA, previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Karina José Astudillo Serrano, de acuerdo a lo establecido en los artículos 49 numeral 8° y artículo 300 numeral 3° a.....