Por las razones expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos REGINO ANTONIO RIVAS CARRERA y DANNELLYS TERESA GUERRERO VILLALBA previamente identificados. Así se decide. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el 05-11-2011, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Mariño del Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Sucre. Por cuanto los cónyuges no manifestaron en su solicitud haber adquirido bienes, el Tribunal no hace especial pronunciamiento por no existir bienes que liquidar. Así se declara.