DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Privativa Preventiva de Libertad por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad; en contra de los Imputados: JORGE LUIS ANGULO CASTILLO, de nacionalidad venezolano, natural de Carúpano, estado sucre, de 23 años de edad, nacido en fecha 14/03/1992, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado sector maracarapa, casa número 11, Carúpano estado sucre, titular de la cedula de identidad V-21.380.948, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal,.....