Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por " ABANDONO Y SEVICIAS E INJURIAS GRAVES QUE HAGAN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMUN ", fundamentado en el artículo 185 causales 2° y 3° del Código Civil que intentara el ciudadano ANOLFI ROLANDO GONZALEZ RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 11.827.143 y domiciliado en la calle Vargas, edificio Don Simón, piso n° 01, apto 1, Cumana, Estado Sucre, asistido por la Abogada LIVIAN MARQUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo los n° 124.987 en contra de la ciudadana MYLITZA JOSEFINA CABALLERO KAJALES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº:15.030.991 y domiciliada en la urb. Las Trinitarias, calle 8, Maturín Estado Monagas