DECRETA medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, contra el adolescente XXXXX; por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; contenidas en los literales "B" y "E" del artículo 582 de la LOPNNA; consistentes en quedar sometido bajo el cuidado y vigilancia de su representante, ciudadana XXXXXX, quien estando presente en Sala se comprometió a ello y la prohibición de volver a incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente investigación Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público para que continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario. Se decreta la aprehensión del adolescente en flagrancia. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 557, 582 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela......