En atención al razonamiento antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio que por PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL, sigue la ciudadana DOMINGA ANTON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.706.939, en su carácter de apoderada del ciudadano ANGEL JOSE GARCIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-531.175, asistida por el Abogada en ejercicio JOSE BELLO BAYES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 55.382 contra la ciudadana ALICIA MARQUEZ DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identida.....