Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Su COMPETENCIA, para conocer y decidir la presente Querella Funcionarial, interpuesta por el Abogado Mauro Álvarez Hilarraza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.330, actuando en nombre y representación del ciudadano Gregori Ramón Cedeño González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.954.869, contra el Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre.
SEGUNDO: ADMISIBLE la presente Querella Funcionarial.