este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión MERO DECLARATIVA DE EXISTENCIA DE UNION CONCUBINARIA, incoada por el ciudadano DINO WALTER MANCO LUJAN, titular de la cédula de identidad N° V- 23.806.976, representado judicialmente por el abogado en ejercicio RUBEN DARIO RUIZ GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 39.815, contra la ciudadana MALYURIS MUÑOZ, portadora de la cédula de identidad N° 10.461.243, presentada judicialmente por los abogados en ejercicio DARCY GARCIA AZOCAR y LUIS FELIPE ESPINOZA RIVAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 183.465 y 170.830 respectivamente. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión MERO DECLARATIVA DE EXISTENCIA DE COMUNIDAD CONCUBINARIA, incoada por el ciudadan.....