En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente consignadas XXXXXXXXX; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano XXXXXXXX; quien debe cumplir la sanción de REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (1) AÑO, TRES (3) MESES Y CATORCE (14) DÍAS, y del cual se determino que ha cumplido de la medida de libertad asistida hasta el mes de mayo 2014, cinco (05) meses faltándole por cumplir DIEZ (10) MESES y CATORCE (14) DÍAS y en relación a la medida de REGLAS DE CONDUCTA ha cumplido desde el O6-01- 14 AL 25-04-14 (fecha del informe ) tres (03) meses y diecinueve (19) dí.....