Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, declara improcedente la Solicitud de Inspección judicial solicitada por la ciudadana JUANA ANDARCIA DE FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.422.530, asistida por la abogada en ejercicio YULMAYN J. GALANTON DIAZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 66.570, actuando en su carácter de trabajadora (profesora) de la Universidad De Oriente, Núcleo de Sucre. Y ASI SE ESTABLECE.
Publíquese, Regístrese, y Déjese copia certificada para su archivo. Cúmplase .
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los Diecinueve (19) días del mes de Mayo del año Dos Mil Once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
DIOS Y FEDERACION.
LA JUEZA
Abg. ANTONIETA COVIELLO