De lo expuesto por la compareciente, ciudadana: NAYIVE MARGARITA BRAVO SALAZAR , y atendiendo a lo establecido en las normas antes transcritas y por cuanto manifiesta la parte actora que desiste formalmente de la solicitud de Revisión de Obligación de Manutención que intentara en contra del ciudadano: PEDRO JOSE MARCANO RODRIGUEZ, es por lo que este Tribunal de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, presentado por la ciudadana: NAYIVE MARGARITA BRAVO SALAZAR , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.271.456, en consecuencia precédase como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminada la presente causa, se acuerda enviar oficio al Gerente del Banco Banesco C.A, agencia principal, ciudad Banesco en la ciudad de Caracas, solicitándole s.....