es por lo que este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con lugar la solicitud presentada por la representante del Ministerio Público y decreta la DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del adolescente XXXXXXXXXXa quien se le inició averiguación por su presunta participación en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del Ciudadano Luis Gregorio Barreto Rivas; a los fines de asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar, conforme a lo dispuesto en el artículo 559 de la LOPNNA, en cuanto a lo solicitado por parte del Ministerio Público. Se decreta la aprehensión en Flagrancia del adolescente, y se acuerda la continuación de la investigación, por el procedimiento ordinario. Se acuerda expedir las copias solicitadas por las partes. Se acuerda la detención del ad.....